INFORMATIVO II FNP: Póker Texas Hold’em debe tener tratamiento especial por la SCJ


La Federación Nacional de Póker Deportivo, en virtud de los últimos acontecimientos ocurridos con los jugadores de póker que han visto envueltos en temas judiciales y mediáticos, debido al desconocimiento público de esta disciplina, ha tomado la decisión de solicitar a la Superintendencia de Casinos de Juego que retire del Catálogo de Juegos el Texas Hold´em Póker Variante con y sin límite, debido a que este juego no debería ser parte de dicho catálogo, por ser un deporte mental donde prima la habilidad y la destreza, disciplina deportiva federada que forma parte de la IMSA que agrupa los juegos mentales olímpicos.
El póker Texas Hold’em es el único juego del catálogo de la SCJ que debe tener un tratamiento especial para poder practicarse en casinos, acá le detallamos algunos puntos a considerar la opinión pública para que esté informada:
Primero. De acuerdo a lo indicado en la Ley 19.995 creada para la explotación de juegos de Azar el año 2005 y su modificación, la ley 20.856 del 2015, en el título I , Artículo 3° letra C, indica lo siguiente: Juegos de Azar: aquellos juegos cuyos resultados no dependen exclusivamente de la habilidad o destreza de los jugadores, sino esencialmente del acaso o de la suerte, y que se encuentran señalados en el presente reglamento y registrados en el catálogo de juegos; en adelante “juego” o “juegos”.
Segundo. La Superintendencia de Casinos de Juego está completamente facultada para retirar el Texas Hold´em Póker variante con límite o sin límite del catálogo de juegos, según lo indica la ley antes mencionada en el título II artículo 8°, indicando lo siguiente: El catálogo será confeccionado por la Superintendencia y aprobado mediante resolución fundada. De la misma forma se aprobará toda modificación, adición o supresión que se efectúe al catálogo.

Además en el mismo título II artículo 12°, indica lo siguiente: La Superintendencia estará facultada para, de oficio o a solicitud de cualquier sociedad operadora, suprimir uno o más juegos registrados en el catálogo.
Tercero. La solicitud de retiro del juego del catálogo, es algo completamente factible y viable, entendiendo que desde que entró en vigencia la nueva versión del catálogo el 01 de Julio del año 2013, ha sido modificado en 10 oportunidades mediante resolución exenta, lo cual indica que la SCJ tiene una muy buena disposición a mejorar las instancias de juego ofrecidas al público en forma transparente e igualitaria.

Cuarto. En el catálogo de juegos, en el punto 3.5.7.1 indica que el Texas Hold´em Póker variante Con Límite y Sin Límite, tiene algunos requisitos especiales, como, por ejemplo:
A) El mínimo de jugadores debe ser de 2. Este punto indica claramente que los jugadores, compiten entre si y no contra una banca.
B) El casino podrá fijar un tiempo mínimo de permanencia de los jugadores en la mesa. Este punto indica además que este juego requiere de una permanencia mínima en la mesa, debido a que no es un juego de azar y se debe seguir reglas específicas en la protección del juego y de los jugadores que lo practican.
C) Se cobrará una comisión a favor de casino. Debido que el Texas Hold´em Póker es una modalidad que no permite ventajas para ningún jugador y no se compite contra la banca, el casino cobra una comisión por la administración del juego.
Quinto. En el catálogo de juegos ha creado versiones de póker que son de azar a favor de la casa y contra el casino, en el punto 3.5.7.2 y en el punto 3.5.7.3 indica que en la modalidad Texas Hold´em Póker Variante Plus y Bonus, los requisitos son los de un juego para casino.
A) El mínimo es 1 jugador. Esto debido a que se enfrenta contra la banca, de esta forma nunca compite contra otros jugadores y siempre el casino tiene una ventaja matemática a su favor. (Este juego no es federado y no se practica en clubes)
B) No Existe un mínimo de tiempo de permanencia en la mesa, debido a que se trata de un juego donde el azar es prioridad en la definición de la jugada.
C) No existe comisión de cobro por administrar el juego, debido a que la ventaja teórica a favor del casino, se encarga de hacer el cobro en una cantidad de tiempo de juego y de pases jugados.
El resto de las modalidades mal nombradas póker que existen en el Catálogo de juegos, efectivamente cumplen con las condiciones para ser explotados por los casinos regidos por la SCJ, debido a sus características. Algunos ejemplos de juegos de azar, pero todos con azar a favor de la casa y cliente juega contra el casino, ellos son: Caribbean Poker, Draw Poker, Poker 3 cartas, Go Poker, entre otros.
El póker puede lógicamente jugarse en casinos, pero tal como ocurre en otros países se juega en salones para eventos de casinos y no en áreas reguladas por la autoridad.
Atte. Federación Nacional de Póker Deportivo
Saludos Cordiales,
Staff CHILEALLIN.com

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